La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia ha acordado prisión provisional comunicada para cinco condenados por narcotráfico en la provincia, que podrán eludir su ingreso efectivo en la cárcel si abonan fianzas de 12.000 euros en el caso de cuatro de ellos y de 10.000 euros en el del quinto en un plazo de tres días.
Según recoge un auto fechado este viernes y difundido por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, el tribunal ha cambiado la situación personal de los acusados, que hasta ahora se encontraban en libertad provisional, tras dictar una sentencia condenatoria que todavía no ha adquirido firmeza.
Condenas elevadas y organización criminal
La Sala ha recordado que ya acordó el pasado 6 de mayo mantener la libertad provisional de los cinco procesados. Sin embargo, la sentencia de 26 de mayo, aún no firme, ha reforzado los indicios de criminalidad que justificaron la apertura del juicio oral, al convertirlos en pruebas de cargo que han servido para fundamentar las condenas.
En esa resolución se ha impuesto a uno de los acusados, considerado jefe de una organización criminal dedicada al narcotráfico, una pena de trece años y seis meses de prisión.
A otros tres condenados, señalados como autores de un delito contra la salud pública relativo a sustancias que causan grave daño a la salud, cometido en el seno de una organización criminal y en un supuesto de extrema gravedad, se les ha impuesto una pena de diez años y seis meses de prisión.
El quinto acusado ha recibido una condena de diez años y tres meses de prisión por los mismos hechos.
El tribunal ha subrayado en su auto que la elevada entidad de las penas obliga a revisar las medidas cautelares, dado que incrementa de forma notable el riesgo de fuga.
Petición de Fiscalía y alegaciones de las defensas
La decisión se ha adoptado después de una comparecencia celebrada este jueves. En esa vista, el Ministerio Fiscal ha pedido prisión provisional, comunicada y sin fianza para todos los condenados, al entender que el riesgo de fuga se ha visto incrementado.
Las defensas han reclamado mantener la libertad provisional acordada en mayo. Para ello han esgrimido el arraigo personal, familiar y laboral de los acusados, un extremo que el tribunal ha reconocido y no ha puesto en duda.
También han defendido el buen comportamiento procesal de sus clientes durante toda la causa y han reprochado al Ministerio Fiscal que no impugnara el auto del 6 de mayo. Esa resolución, dictada tras la anulación de una primera sentencia absolutoria, consideró suficiente imponer presentaciones mensuales en el juzgado y la prohibición de salir del territorio nacional.
A pesar de estos argumentos, la Sala ha considerado que las circunstancias han cambiado de forma sustancial tras la nueva sentencia condenatoria.
Riesgo de fuga y conversaciones intervenidas
El auto destaca que la Fiscalía ha apuntado además un elemento que, a su juicio, refuerza el riesgo de fuga. Todos los condenados tienen otras causas pendientes por el mismo delito o por delitos relacionados, en estados de tramitación diversos.
Los magistrados han tenido en cuenta, además, el contenido de las conversaciones intervenidas a través de la aplicación ‘SKY ECC’. Según el auto, de esos mensajes se desprende que los acusados manejaban importantes cantidades de dinero.
En una de las conversaciones, uno de ellos comenta con otro la posibilidad de abandonar la actividad e incluso de desaparecer de su domicilio. Esta reflexión se producía ante la presión policial que, según indicaban, estaban percibiendo.
Para el tribunal, estos elementos refuerzan la conclusión de que existe un riesgo real de fuga que hace necesario endurecer las medidas cautelares.
Fianzas recuperadas y nuevo plazo de pago
A la vista de todo ello, la Audiencia Provincial ha considerado ‘razonable y proporcionado’ reforzar las medidas acordadas en el auto del 6 de mayo y, en su caso, facilitar la ejecución de la sentencia dictada.
El tribunal ha acordado recuperar las fianzas que se impusieron en su día a los acusados y que se les devolvieron tras dictarse la primera sentencia absolutoria, posteriormente anulada.
Ahora, la Sala fija nuevas fianzas de 12.000 euros para cuatro de los condenados y de 10.000 euros para el quinto. Si abonan esas cantidades en el plazo de tres días, podrán evitar el ingreso efectivo en prisión mientras la sentencia no sea firme.
El auto precisa que ese plazo de tres días se ha estimado suficiente para que los condenados puedan reunir y poner a disposición del juzgado las sumas exigidas como fianza.




