sábado, 15 marzo 2025

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València abre el plazo para solicitar las ayudas para las asociaciones profesionales de las artes escénicas 2025

Las solicitudes se podrán presentar desde este martes, 25 de febrero, hasta el próximo lunes, 17 de marzo

El Ayuntamiento de València, a través de su Delegación de Acción Cultural, ha convocado las ayudas económicas de 2025 destinadas al sostenimiento de la actividad y funcionamiento de las asociaciones o entidades sin ánimo de lucro que defiendan los intereses de profesionales del sector de las artes escénicas.

El objetivo es fortalecer el asociacionismo en el ámbito teatral, circense y de danza en la ciudad de València, apoyando proyectos de formación, innovación y mejora profesional. El importe global máximo destinado a esta convocatoria asciende a un total de 40.000 euros y se establece un límite máximo de 10.000 euros por proyecto.

Podrán beneficiarse de estas ayudas, que se otorgan en concurrencia competitiva, cualquier asociación o entidad que tenga su domicilio social en València y para actividades que haya desarrollado entre el 1 de septiembre de 2024 y el 31 de agosto de 2025.

Así, cada asociación o entidad podrá presentar un único proyecto que incluirá en su Plan de Actividad el conjunto de acciones relacionadas con la defensa y representación de los intereses del sector. Este plan podrá incluir actuaciones en el ámbito de la promoción y difusión de las artes escénicas; estudios, consultas e informes sobre el sector; actividades de formación, asesoramiento profesional e información de interés para las personas socias; y la participación o realización de proyectos en colaboración con otras asociaciones, así como aquellos que contribuyan al crecimiento del sector; entre otras. No serán objeto de esta convocatoria la producción de espectáculos o de obras audiovisuales, ni la programación de festivales o circuitos de programación.

Para ello, se presentará solicitud debidamente cumplimentada mediante instancia electrónica, a través de la Sede Electrónica del consistorio, y según modelo normalizado. Junto a ella, se aportará la documentación indicada en las bases que incluirá la descripción pormenorizada del proyecto que recogerá la memoria de la actividad y en la que se especificará el nombre del proyecto, el objetivo, la descripción, el presupuesto total y la trayectoria de la asociación u entidad. Asimismo, se podrá adjuntar cualquier otra documentación relacionada con el proyecto que resulte oportuna. El plazo de realización de las actividades sujetas a subvención deberá concluir en todo caso antes del 1 de septiembre de 2025.

La ayuda es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que no se supere el coste total del proyecto.

La comisión evaluadora baremará y elaborará una relación priorizada de las entidades o asociaciones beneficiarias según la valoración de los siguientes criterios: trayectoria de la asociación o entidad; viabilidad del proyecto; interés, calidad y difusión; impacto sociocultural; y estructura laboral de la asociación o entidad.

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